SOPORTE RAPIDO Y PRECISO

Envió de la Contabilidad Electrónica

Date: agosto 26, 2014 Author: admin45 Category: Soporte Técnico de Aspel y Noticias Comments: 0

Como era de esperarse el SAT ha cambiado las fechas de entrega para la contabilidad electrónica, a aplazado el envió de la información que la integra. La fecha de la entrega de la información del catalogo de cuentas de nivel mayor y subcuenta (niveles 1 y 2) se debe realizar por única vez en el primer envío en octubre y tres días después de la modificación cada vez que sea modificado.

Las balanzas de comprobación y el sistema financiero se deben enviar de forma mensual, en el mes siguiente al que correspondan los datos, conforme a lo siguiente:

tabla-plazos

Sin embargo por prorroga, la información de la balanzas de julio a diciembre de 2014 de las personas morales debe enviarse en Enero del 2015.

Y las personas físicas comienzan a enviar su información a partir de enero 2015.

Los contribuyentes que están obligados e enviar la información de la contabilidad electrónica son:

    • Las personas morales, incluidas las personas morales con fines no lucrativos.
    • Las personas físicas con actividad empresarial.

 

Y los contribuyentes que quedan exentos de la obligación son los siguientes:

    • Los sindicatos obreros y los organismos que los agrupen
    • La federación, las entidades federativas, los municipios y las instituciones que por ley estén obligadas a entregar al gobierno federal el importe íntegro de su remante de operación.
    • Las personas físicas con actividad empresarial cuyos ingresos en el ejercicio anterior no hayan excedido de dos millones de pesos y utilicen Mis cuentas, o se encuentren en el Régimen de Incorporación Fiscal.

 

La entrega de la información es a través del Buzón Tributario y para este proceso se requiere contar con la firma electrónica y el proceso es el siguiente:

    1. Ingresa al Buzón Tributario
    2. Selecciona Contabilidad electrónica.
    3. Selecciona el tipo de información y archivo que vas a enviar junto con los datos generales relacionados.
    4. Envía con la firma electrónica.
    5. Si el envío es exitoso recibes un acuse de recepción.

 

Cuando los archivos tienen errores informáticos, recibes un aviso a través del Buzón Tributario para que, dentro de los tres días hábiles siguientes, se corrijan y se vuelvan a enviar.